Este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la QUERELLA interpuesta por los ciudadanos JOVANI ALBERTO ARAQUE CONTRERAS, SIMÓN GUILLÉN, ALBERTO FERNÁNDEZ, JOSÉ MIGUEL MÉNDEZ FERNÁNDEZ, JOSÉ EUTIMIO PRADA MARCHAN Y OLIVIA MANRIQUE RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.899.465, 3.940.422, 5.447.031, 2.285.810, 11.222.778 y 10.105.713, respectivamente, por intermedio de su apoderado judicial, abogado JORGE EDUARDO APONCIO GUERRERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 82.646, contra el MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DEL ESTADO MÉRIDA.