PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana OLGA ELISMAR ALVARADO CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.659.642, domiciliada en el Barrio Caja de Agua avenida Páez Calle Los Ilustres de la población de Santa Rosa, Municipio Rojas, Estado Barinas; en contra del ciudadano EDGAR JOSÉ CASTILLOS ALVARADO, con cédula de identidad Nº v.- 15.967.241, mayor de edad, Educador, domiciliado en el Sector Las Cocuizas, Municipio Rojas, Estado Barinas; en beneficio de las niñas MARIANNY KAROLINA y MARIANA VICTORIA CASTILLO ALVARADO, nacidos en fecha: 15/12/2006, y 21/08/2.005; en consecuencia se FIJA dicha OBLIGACION ALIMENTARIA en la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.-F 200,00) mensuales, a partir del presente mes de Mayo del año 2.008: más una cuota especial al año en el mes de Diciembre por la cantidad la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.F 500,00), con ocasión de las festivid.....