IV
D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Revisión (Aumento) de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MAIRE KATHERINE OTALVAREZ ROPERO, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.859.267, domiciliada en el Barrio Las Américas, calle 2, carrera 8 y 9, casa Nº 8-41 de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano SILVIO JOSÉ PINTO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.575.400, de profesión u oficio: Obrero, quien labora en un carpintería, domiciliado en el Barrio Los Naranjos ca.....