Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de divorcio intentada por la ciudadana: Libia Rosa Solano Peñuela, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.987.053, en contra del ciudadano: Rafael Armando Mancilla Linares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.141.361, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 21 de noviembre de 1986, por ante la Prefectura de la Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Barinas estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 121.
Publíquese, regístrese, expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, .....