en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO solicitada por los cónyuges JOSE ERMINIO RODRIGUEZ GARCIA Y MERY LUCIA NAVA MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.558.681 y V-11.045.899, respectivamente, quedando en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los unía desde la fecha 25/07/2000, según Acta N° 167, contraído por la Prefectura de la Parroquia el Carmen del Municipio Barinas, Estado Barinas, y conforme a los artículos 08, 30, 365, 369 y 375 LOPNNA SE REAJUSTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION MENSUAL POR LA CANTIDAD DE (BS.800,00) BOLIVARES FUERTES Y EN LOS MESES DE SEPTIEMBRE Y DICIEMBRE POR LA CANTIDAD DE (Bs.1.200,00) BOLIVARES FUERTES A CARGO DEL PADRE NO CUSTODIO dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la misma oportunidad e índice en que se aumenten los .....