Este Tribunal de Control N°3 del Circuito Judicial Penal administrando justicia, en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: revoca la medida cautelar sustitutiva menos gravosa a la de privación de libertad otorgada por este Tribunal en esta causa al acusado EDICSON YADIR MARQUINA venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 19-05-1.984, natural de Santa Bárbara de Barinas, titular de la cédula de identidad N° 17.169.859, de ocupación Obrero, domiciliado en Calle 19 entre carreras 01 y 07, Barrio la Balsera, casa N° 0-10 Santa Bárbara de Barinas, hijo de Victoria Marquina (v), Desconoce a su padre, y en consecuencia se acuerda la aprehensión del mismo. SEGUNDO: Se ordena a los fiadores del imputado Edicson Yadir Marquina, anteriormente identificado, para que lo presenten ante el Tribunal de Control 3 de este Circuito Judicial Penal al tercer día siguiente de su notificación. Librese Oficio a los organismos correspondientes, a los fines.....