Primero: Como flagrante la aprehensión de los ciudadanos HILDEMARO MOLINA PEREIRA, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.840.454 (LA PORTA), de profesión u oficio Comerciante, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido el día 08-02-1974, de estado civil soltero, quien es hijo de María Pereira (v) y José santos Molina (v), residenciado en la Urb. Nuevo Paraíso, Carrera 19, entre Calles 01 y 02, casa s/n, casa de color amarillo, rejas de color negro, Socopó, estado Barinas, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD previstos y sancionados en los artículos 277 y 174 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio del orden público y los ciudadanos Quintín Sosa Sabedra, Ana Medina de Sosa, Yoryi Lugo y Andry Sosa; y para el ROSMAN JESUS LOPEZ MOLINA, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.070.531 (LA PORTA), de profesión u oficio Comerciante, natural de Valenci.....