En tal sentido, este Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le Imparte su HOMOLOGACION al Convenimiento suscrito, mediante el cual el Ciudadano: ALEXANDER ENRIQUE BRAVO NOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.312.925, domiciliado en Santa Bárbara Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, se compromete a depositar en efectivo ante este Juzgado, la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,oo) mensuales, como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA para la niña: GHILARY SARAHY BRAVO PAREDES, venezolana, de 6 años de edad, y del mismo domicilio; igualmente, se compromete al aporte del 50% de los gastos médicos, medicina y vestido cuando se requiera. Así como el pago de una cantidad igual adicional en los meses de Agosto y Dici.....