En este estado, el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formal y Ejecutivamente Embargados los bienes muebles antes señalados y valorados por el Perito Previamente. En este estado solicita el derecho de palabra la ciudadana NATALY JOSEFINA GONZALEZ PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.185.577, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 79.064, quien de conformidad con el artículo 168, del Código de Procedimiento Civil, asume la representación sin poder de la Parte Demandada a los fines de resolver amigablemente la Ejecución de la presente Sentencia, para lo cual ofrezco cancelar la cantidad líquida exigida por el Demandante, por la totalidad de Cinco Millones Quinientos Treinta y Tres Mil Novecientos Ochenta y Seis Bolívares (Bs. 5.533.986,oo); por medio de cheque girado a favor del ciud.....