En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, siguiendo la Resolución N° 0049, de fecha 30 de septiembre de 2009, para conocer de la presente demanda y declina la competencia del juicio de PARTICION, intentado por la ciudadana JUANA PAULA OSORIO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.500.651, domiciliada en la carretera nacional vía "El Mamón", barrio 5 de mayo, Casa Nº 1, del Municipio Páez del Estado Portuguesa, representado judicialmente en este acto por el Abogado OLINTO DE JESUS DIAZ CORTEZ, de este domicilio e inscrito en el inpreabogado Nº 17.565; en contra del ciudadano RAMON BENICIO OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 2.500.298, domiciliado en "La Caramuca", Municipio Barinas del Estado Barinas, al Juzgado Tercero de Prime.....