DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Control No 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley decreta: Primero: la aplicación de la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado DARIO ALONSO MEDINA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 9.267.430, natural de Barinas, de 39 años de edad, de ocupación Funcionario Público como Prefecto de Santa Bárbara, residenciado en la Urbanización José Antonio Páez, sector 02, vereda 20 No 05, Barinas Estado Barinas, por la comisión del delito de Tolerancia de Detención Ilegal, previsto y sancionado en el artículo 181 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos Benito Quintero, José Ramiro Sánchez y Raúl Alvarado Vega, medida ésta la cual tendrá un régimen de prueba de un (01) año, con el cumplimiento de las condiciones ya plenamente establecidas. Segundo: Se acuerda como condic.....