DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA
CONVERSiÓN, EN DIVORCIO solicitada por los cónyuges ANGEL ENRIQUE GUEDEZ
LUGO Y ZULEIMA DEL VALLE JIMENEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares
de las cédulas de identidad N° V-12.894.346 y V-13.501.623, respectivamente, QUEDANDO
DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL.que los unía, según Ac a o 146 de fecha
08/11/1997 contraído por ante la Prefectura del Municipio Barinas del Es ado Barinas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 369 Y 375 LOPNNA, SE
REAJUSTA LA OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN MENSUALen la cantidad de
NOVECIENTOS 80LlVARES (8s. 900,00) mensuales y adicional en los meses e Agosto y
Diciembre por la cantidad.....