Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO intentada por el ciudadano: Delis Ramón Falcón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.526.467, en contra de la ciudadana: Dixie Mildred Guerrero Rocca, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.133.586, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 19 de diciembre de 1.981, por ante la Prefectura del Distrito Barinas del Estado Barinas, hoy Prefectura del Municipio Barinas del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 427, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese y expídase las copias de ley.
Dada, Firmada y S.....