UNICO
Este Tribunal, a los fines de decidir sobre lo solicitado, observa : visto el Archivo Fiscal presentado, por considerar el titular de la acción penal, insuficiente los resultados de la investigación para acusar, en fecha 25-04-05, mediante el cual solicitó, se acuerde el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva, decretada en e fecha 28-11-04, contra del imputado Cely Araque Roberto, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 23.154.338, de 36 años de edad, de ocupación operador agrícola, soltero, natural de Colombia; y residenciado en barrio Antonio José de sucre calle principal casa s/n, Socopó Barinas, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto en el artículo 9 de la Ley sobre hurto y robo de Vehículos automotores, en perjuicio de persona desconocida; Y habiendo sido acordado por este Tribunal el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva, en fecha 27-04-05, enviado Oficio N° 1325 a la OAP, y notificadas las parte.....