En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MIRTHA JENNY VELASCO PINILLA, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.780.952; domiciliada en la carrera 3, calle 4, casa Nº 10, sector centro, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano FRANGIL ESTEBAN RAMIREZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.555.902, de profesión u oficio: Electromecánico, domiciliado en el Barrio Los Naranjos, carrera 18, entre calles 9 y 10, casa s/n, de ésta población; y labora en.....